Enconcreto, para evitar luego posibles discrepancias con el Registro Mercantil, mi recomendación es interponer dicho escrito, que deberá ir con abogado y procurador, y que la convocatoria resultante sirva únicamente para nombrar nuevo administrador. Luego, en otra convocatoria posterior, recomiendo aprobar las cuentas
Lascuentas anuales deben formularse por los administradores antes del 31 de marzo (3 meses desde el cierre del ejercicio ) y ser aprobadas por la Junta General de Socios antes del 30 de junio (6 meses desde el cierre de ejercicio). No obstante, hasta ese momento los administradores de la sociedad deben tomar decisiones y tener presente sus
Alcomputar los plazos legales de los diferentes estadios del ciclo de elaboración contable de forma sucesiva y escalonada, la nueva normativa ha previsto también que la junta general cuente con un plazo íntegro de tres meses para la aprobación de las cuentas, plazo que computará desde que finalice el nuevo plazo concedido a los
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Seacerca el 30 de junio y con ello el plazo límite para aprobar las cuentas anuales, así como para resolver sobre la aplicación del resultado de acuerdo con el balance aceptado, siempre que
Enresumen, dichas actuaciones consisten en detallar en un escrito todas las circunstancias causantes de tal situación y la obligación de remitirlo a la entidad auditada en un plazo no superior a 15 días desde que se tenga constancia de la circunstancia referida y siempre con anterioridad a la fecha en la que el informe de auditoría debiera emitirse
2 Si la liquidación se prolongase por un plazo superior al previsto para la aprobación de las cuentas anuales, los liquidadores presentarán a la junta general, dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio, las cuentas anuales de la sociedad y un informe pormenorizado que permitan apreciar con exactitud el estado de la liquidación”.PVviXmY. 3753061232053481463287459